Infojus: La historia de los TBI, que permitieron perder soberanía económica

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La historia de los TBI, que permitieron perder soberanía económica

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-07-12 | Por: Pablo Waisberg | Fecha de captura:: 2016-01-09 16:42

Los Tratados Bilaterales de Inversión empezaron en la dictadura y en los ’90 tomaron impulso. Facilitaron el acceso a tribunales extranjeros para litigar contra la Argentina. Estos acuerdos resignaron soberanía en favor de las multinacionales y están entre los antecedentes de los bonos en default que compraron por monedas los fondos buitres.

Los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) fueron parte del sistema legal iniciado con la última dictadura, y perfeccionado durante los noventa, que posibilitó el acceso a tribunales extranjeros para litigar contra la Argentina. Esos acuerdos, que resignaron soberanía en favor de las multinacionales, están entre los antecedentes de los bonos en default que compraron por monedas los fondos buitres. Argentina no sólo resignó soberanía sino que firmó 59 TBI (tiene 55 vigentes) y, con ese nivel, duplicó o triplicó los acuerdos suscriptos por otros países de la región. Incluso superó a Chile, que pese a tener una dictadura más extensa y una política aperturista respecto de las potencias mundiales acumuló 51 convenios.

Esos convenios fueron la continuación, casi natural, de la deuda tomada durante la última dictadura. Una de sus primeras medidas fue reformar artículo 1 de Código de Procedimiento Civil y Comercial para tomar préstamos bajo legislación extranjera. Esa modificación, que llegó antes de la Ley de Entidades Financiera y de la derogación de la Ley de Radicación de Capitales, se perpetuó hasta hoy. Lo mismo ocurrió con esas otras dos leyes: la combinación de ese trío favoreció el proceso de extranjerización de la economía. De las 500 empresas más importantes que operan en la Argentina, 219 eran multinacionales en 1993, llegaron a 338 en 2008 y quedaron en 322 para 2012.

Al igual que la toma de deuda sin límite, los TBI pisaron sobre el terreno discursivo de que las inversiones extranjeras cumplían un rol central para el desarrollo de los países. Ese fue el sustento para realizar acuerdos que incluyeron la resignación de la soberanía legal. Así se estableció un sistema de solución de diferencias que les da a las multinacionales el insólito beneficio de demandar a los Estados ante tribunales internacionales conformados ad hoc, como el caso del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), bajo la órbita del Banco Mundial.

Fueron acuerdos que no tenían nada de novedosos: se habían firmado convenios similares desde fines del siglo XIX. Sin embargo, fueron destilándose y perfeccionándose y se volvieron una política de estado para los países exportadores de capital, que buscaron en los países en desarrollo un lugar donde encontraron recursos naturales con gran rentabilidad y mano de obra barata. Eso les permitió obtener utilidades de corto plazo o en gran volumen por la falta de regulaciones o, lo que es peor, legislaciones a medida.

Ese tipo de tratados terminaron arrasando con la “Doctrina Calvo”, que rechazaba la protección diplomática que las potencias otorgan a sus inversores y las diversas formas de intervención armada para cobrar supuestas deudas. Esos lineamientos –que fueron dejados de lado en los noventa- habían sido recogido en la Declaración del Consejo Permanente de la OEA, de julio de 1975. “Las empresas transnacionales deben someterse a la legislación y jurisdicción de los tribunales nacionales competentes de los países donde realizan sus actividades y ajustarse a la política de desarrollo de los mismos”, indicó el organismo.

Argentina tiene 55 TBI vigentes. El promedio en el Mercosur fue de 31 por país y en la Comunidad Andina, 20.  Fueron parte de un proceso de apertura destinado a captar inversiones. Sin embargo, la mayoría de las “inversiones extranjeras” no fueron más que compras de empresas funcionando, analizó el economista Agustín Crivelli en su trabajo “Inversiones extranjeras ¿Instrumentos o freno al desarrollo?”. De ese modo, el rol del capital extranjero no implicó un aporte real al desarrollo de las capacidades técnicas del país sino que representó un cambio de titularidad sobre la propiedad que incluyó, en perjuicio del país, la remisión de utilidades hacia las casas matrices.

En los últimos años, varios países tomaron definiciones sobre este tipo de acuerdos. Es el caso de Bolivia (22 TBI), Ecuador (19) y Venezuela (28), que no los renovaron y abandonaron el CIADI. Fue, en los hechos, recuperar la “Doctrina Calvo”, que deja de lado los privilegios para inversores extranjeros.


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