Infojus: Un carpintero tiene que pagar a sus vecinos por ruidos molestos

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Un carpintero tiene que pagar a sus vecinos por ruidos molestos

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-07-29 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-28 04:08

Héctor y su familia vivían en el barrio frente a la carpintería pero los ruidos de la sierra eléctrica afectaron “la tranquilidad de la vida de él y de su familia”, y por eso comenzó a hacer denuncias. Ahora el carpintero tiene que indemnizarlo por 25 mil pesos.

La Justicia de Salta condenó a un carpintero a que indemnice a su vecino por los ruidos que esta hacía al utilizar su sierra eléctrica. El hombre debió mudarse a dos cuadras por los ruidos. Ahora recibirá más de 25 mil pesos de indemnización por los daños que sufrió.

Javier y Héctor vivían uno frente al otro en el barrio Antártida Argentina de Cerrillos en Salta. Sólo 15 metros los separaban. Uno tenía su casa donde vivía junto a sus hijos y su esposa, y el otro un carpintería familiar. Aunque tocayos de nombre su relación se complicó desde que en 2002 el carpintero comprara para su trabajo una sierra industrial.

Los ruidos típicos de una carpintería se intensificaron. Desde 1998 Héctor y su familia vivían en el barrio frente a la carpintería pero los ruidos afectaron “la tranquilidad de la vida de él y de su familia”, y por eso comenzó a hacer denuncias policiales y hasta un reclamo ante el municipio.

Inés, mujer de Héctor, decía que el carpintero “trabaja con maquinarias que producen ruidos muy molestos y de alta intensidad…en el horario de 8:00 a 13:00 y de 14:00 a 18:00”, y aclara que los ruidos no eran sólo los días de semana “sino también los sábados y domingos”. También recordó que los ruidos hicieron que no pudiera vivir “vivir tranquila, ni siquiera descansar” y que los ruidos no le permitían “comunicarse por teléfono normalmente”.

A esto se sumó la declaración de Nicolás, otro vecino de Javier, que vive al lado de la casa y que fue a la policía para denunciar los ruidos. Allí hizo una exposición donde dejaron sentado que “dadas las circunstancias producto de los ruidos molestos ocasionados por la carpintería” y por “las dificultades que esto le provoca en su convivencia matrimonial” se fue con su hijo y su esposa a vivir a la casa de su suegra.

En julio de 2005 la situación se volvió insostenible y envió una carta documento al carpintero para que “cese inmediato de la actividad turbatoria y agresiva”. El carpintero contestó que “toda su vida se dedicó a la carpintería, no habiendo tenido quejas de otros vecinos” y no cambió su posición. La familia de Héctor decidió vender su casa y mudarse a dos cuadras a mediados de 2007. Así llegó la causa a la Justicia donde se reclamó una indemnización por los daños y perjuicios que la situación causaba.

En primera instancia el reclamo fue rechazado por la juez pero tras la apelación la causa llegó a la sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial de Salta. Los jueces Nelda Villada Valdez y Marcelo Ramón Domínguez, revocaron esta sentencia e hicieron lugar al reclamo de la familia ordenando al carpintero que indemnice a la familia con 25 mil pesos por daños y perjuicios.

Los jueces analizaron la normativa que sostiene que “las molestias no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar o sea que la decisión de los jueces dependerá de las circunstancias de hecho en cada caso concreto”.

Según las pericias aportadas en la causa, la carpintería no poseía ningún tipo de aislante acústico y, a su vez, el horario de trabajo resulta “irregular” por ser “una empresa de tipo familiar en la que trabajan tres personas del grupo” y, además, trabajaban “incluso en las horas de siesta”. El nivel de ruidos en la casa frente a la carpintería, en el entorno y en la carpintería, “excede los máximos permitidos según la normativa municipal” dijeron los jueces que ordenaron indemnizar a la familia por “haber excedido el límite de la normal tolerancia”.

“El daño está representado por no haber podido disfrutar enteramente de su derecho de dominio tal como tenían derecho a hacerlo”, concluyeron los magistrados.


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