Infojus: Cromañón: confirmaron condena al dueño del local y absolución del comisario

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Cromañón: confirmaron condena al dueño del local y absolución del comisario

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-09-18 | Por: Gustavo Ahumada | Fecha de captura:: 2016-01-26 22:01

Así lo ratificó la Cámara Federal de Casación Penal. Rafael Levy, propietario del local, fue condenado a cuatro años y medio de prisión por “estrago culposo”. Lo acusan de ser quien mandó a cerrar las puertas. El tribunal también confirmó la absolución del comisario Sevald. Hoy se supo también que la sala IV de la Cámara revisará las condenas del juicio.

La sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a cuatro años y medio de prisión por “estrago culposo” al dueño del boliche Cromañón. Se trata de Rafael Levy, acusado de haber sido quien mandó a cerrar las puertas del local la noche de la tragedia en la que perdieron la vida 194 personas.

Los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Ana María Figueroa rechazaron el recurso de casación presentado por la defensa de Levy. Aunque la decisión se conoció hoy, la sentencia fue firmada el 11 de septiembre. El tribunal también confirmó la absolución de Gabriel Ismael Sevald, comisario que estaba a cargo de la comisaría séptima cuando ocurrieron los hechos el 30 de diciembre de 2004. Los jueces además reenviaron las actuaciones de Juan Carlos López, Enrique Carlos Carelli y Vicente Osvaldo Rizzo al Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 para que resuelva sobre la prescripción o no de la causa en estos casos. Es decir, si la causa está prescripta para ellos. 

Los jueces además reenviaron las actuaciones de Juan Carlos López, ex secretario de Seguridad Porteño; Enrique Carlos Carelli; ex subsecretario de Seguridad Urbana, y Vicente Osvaldo Rizzo, ex director de Seguridad Privada, al Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 para que resuelva sobre la prescripción o no de la causa en estos casos.

El próximo 30 de diciembre se cumplirán diez años del incendio en República Cromañón, el boliche ubicado en Once. La complejidad del caso llevó a demoras en la instrucción y cinco años después de la tragedia, en agosto de 2009, el Tribunal Oral 24 condenó a Chabán a 20 años de prisión por el delito de estrago doloso y hubo penas igualmente duras para el manager de Callejeros, Diego Argañaraz, y el subcomisario Díaz, acusado de recibir coimas para que el lugar funcione con excesiva capacidad de público. 

Levy, el dueño

Los camaristas confirmaron la sentencia del tribunal, dictada en julio de 2012,  que condenó a Levy por “incendio culposo seguido de muerte”, pero que lo absolvió por el pago de sobornos. Rechazaron una nulidad que había planteado la defensa técnica del ex dueño de Cromañón.

El fallo explica que “si Levy era el dueño del local” y conforme las propias aseveraciones de la defensa “le alquiló” el salón de baile a Omar Chabán, “va de suyo que en el marco de ese acuerdo no podía considerarse ausente la existencia de la habilitación”. Es más, para los jueces eso resulta un “dato relevante y determinante a la hora de formalizar entre las partes el vínculo” porque “forma parte del precio o valor que por su uso, goce o explotación se debe pagar”.

Los jueces con esta explicación rechazaron uno de los argumentos de la defensa de Levy que se basaba en “negar el interés de Levy en la habilitación o su ajenidad en la explotación del permiso” del boliche Cromañón. “No es posible deslindar la habilitación del local de su explotación concreta”, explican los magistrados.  

El comisario que no sabía

En el caso del comisario Sevald los jueces de Casación coincidieron con la absolución dictada por el TOC 24 con respecto a la “imposibilidad de comprobar” la intervención de este en los sucesos. “No existen elementos de juicio abrumadores que indiquen de modo contundente que al menos conociera (no basta con ‘debía saber’ o ‘no pudo ignorar’) la ilícita componenda que se había gestado entre Díaz y Chabán”, recordaron de aquella sentencia.

En cuanto a las sumas de dinero, la Cámara de Casación sostuvo que  las acusaciones a Sevald “pretenden sustentarse en una suerte de conjetura que vendría dada por el sólo hecho de que Sevald en su rol de Comisario de la Seccional 7ma de la PFA “no podía no saber” la existencia del pacto” y por eso confirmó la absolución.

El cohecho que no fue

Aunque confirmaron la condena de Levy por el incendio, los jueces de la Casación consideraron que este no participó en la recepción de sobornos. Las querellas calificaban a Levy como socio de Chabán y por eso “debía compartir necesariamente los gastos del establecimiento, entre los que se encontraban evidentemente el pago de las coimas a la Policía Federal”. Los magistrados consideraron que “ese razonamiento no tiene entidad suficiente para acreditar con certeza la participación de Rafael Levy en el pacto espurio que se tuvo por probado en el anterior juicio oral”, es decir, las coimas.  

¿Prescripción?

Los últimos tres casos analizados por el máximo tribunal penal del país son los de Juan Carlos López, entonces Secretario de Seguridad Porteño; Enrique Carlos Carelli, Subsecretaría de Seguridad Urbana, y Vicente Osvaldo Rizzo director de Seguridad Privada. Los jueces ordenaron que sus expedientes sean reenviados para que el TOC N° 24 resuelva la prescripción.

Aquí la sentencia sostiene que “las pretensiones punitivas responden a  delitos –incendio culposo seguido de muerte y homicidio culposo-, cuyos máximos no superan la pena de 5 años de prisión” por lo que tribunal debe resolver si hay “subsistencia de la acción penal” y por eso la casación suspendió el trámite de los recursos en estos tres casos.

La causa principal  

El 6 de agosto pasado, la Corte Suprema emitió un fallo que abrió el camino para que quedaran en libertad –al menos provisoriamente– casi todos los imputados, tras veinte meses de estar presos. Fueron beneficiados los integrantes del grupo Callejeros (salvo el baterista Eduardo Vázquez, preso por el homicidio de su esposa y otra causa vinculada a tenencia de estupefacientes); los tres funcionarios públicos acusados de no controlar el boliche y uno de los encargados de Cromañón.

En esa sentencia la Corte ordenó que se revisen las condenas dictadas y reenvió a la Cámara Federal de Casación Penal el expediente para que se sortee. Hoy se realizó el sorteo y será la sala IV de la Cámara, integrada por Gustavo Hornos, Juan Gemignani y Eduardo Riggi.


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