Infojus: Erbetta sobre Corte Suprema: “Producida la vacante, hay que cubrirla”

Recuperadas de Infojus
Publicación original por

Esta nota, publicada originalmente por el portal Infojus Noticias, fue recuperada y puesta a disposición del público, luego dejar de estar disponible en su fuente original.

En coincidencia con lo publicado por el portal de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas, consideramos que “La información es un bien público”, y apoyamos el objetivo de Infojus Noticias, de “ser un lugar de referencia para cualquiera que necesite conocer las noticias de la justicia, y servir como proveedor gratuito y universal para los medios interesados en la temática.”

A continuación transcribimos textualmente la nota y adjuntamos una captura que ilustra como lucía la publicación original.

Ver listado completo de notas recuperadas de Infojus Noticias

Erbetta sobre Corte Suprema: “Producida la vacante, hay que cubrirla”

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-11-05 | Por: Milva Benitez | Fecha de captura:: 2016-01-15 06:23

El Poder Ejecutivo Nacional formalizó la aceptación de la renuncia de Raúl Zaffaroni a la Corte Suprema a partir del 31 de diciembre al publicar en el Boletín Oficial el decreto 2044. Infojus Noticias entrevistó al ministro de la Corte Suprema de Santa Fe quien aseguró que “tener una Corte con miembros estables implica legitimidad”.

“Producida la vacante, no hay ninguna duda: hay que cubrirla”, dijo el ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Daniel Erbetta, al referirse tras la renuncia de Raúl Zaffaroni a la designación de un nuevo ministro para la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.). El magistrado santafesino consideró “conveniente” que el máximo tribunal del país cuente “con un quinto vocal definitivo, con estabilidad a la hora de tomar decisiones”.

El Poder Ejecutivo Nacional formalizó el lunes la aceptación de la renuncia de Zaffaroni a la Corte a partir del 31 de diciembre al publicar en el Boletín Oficial el decreto 2044, que lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández y el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la nación, Julio Alak. Consultado por Infojus Noticias , Erbetta resaltó la importancia de “tener una Corte que funcione con todos sus miembros”, cinco en este caso, tal como lo estipula la Ley 26.183.

 “El Ejecutivo tiene la potestad de buscar y proponer un candidato para cubrir la vacante”, dijo el ministro de la Corte santafesino y aclaró, que los mecanismos previstos implican la búsqueda de consensos. Explicó que desde la reforma constitucional, en 1994, para poder nombrar a un ministro de la Corte, se necesita el voto favorable de los dos tercios de los senadores; modificación que se introdujo para poner coto a la elección de jueces adeptos, tal como ocurrió durante la presidencia de Carlos Menem.

“Lo conveniente sería que se integre la Corte con un quinto vocal definitivo”, dijo Erbetta y señaló que “en caso de que opiniones divididas lleven a un empate”, si no se concreta esta designación, para resolverlo el máximo tribunal deba ser integrado -por sorteo- con un vocal de Cámara. “Esto conlleva una debilidad que no tendría si la Corte estuviera integrada de manera efectiva”, dijo.

Como ejemplo, mencionó que por ley el máximo tribunal santafesino está compuesto con número par de miembros (seis) y explicó que en casos de empate, para fallos sobre temas relevantes como los vinculados a las franquicias de los seguros de transporte urbano, o el caso de la píldora del día después, la Corte tuvo que integrarse con un camarista por sorteo. “El tema es que la Corte quedaría integrada así para resolver en un solo caso”, dijo Erbertta y explicó que si el tema otra vez estuviera en discusión, “por sorteo podría llegar otro camarista, con una opinión distinta y el mismo tribunal colegiado tendría mayoría en sentidos opuestos”.

“No hay ningún motivo para que en las condiciones actuales no se intente cubrir la vacante de manera estable”, concluyó el magistrado santafesino. Y agregó otro argumento, en este mismo sentido: “tener un Corte con miembros estables implica legitimidad; hay un procedimiento constitucional establecido, por el que han pasado los otros integrantes de la Corte. La integración con un camarista está prevista por ley para situaciones de excepción, no puede ser la regla”.


Aspecto de la publicación original en Infojus Noticias: Nota de Infojus borrada