Infojus: El año en que se reformó el Código Procesal Penal

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El año en que se reformó el Código Procesal Penal

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-12-31 | Por: Milva Benitez | Fecha de captura:: 2016-01-19 02:43

Tras la sanción en el Congreso y la promulgación por parte del Ejecutivo de la reforma del Código Procesal Penal, Infojus Noticias repasa los momentos claves para llegar al dictamen que se convirtió en ley y, de cara al futuro, los pasos necesarios para la reorganización del sistema actual y su efectiva implementación.

La reforma del sistema procesal penal en la Justicia federal saldó una deuda histórica. La iniciativa enviada al Congreso por la presidenta Cristina Fernández y sancionada con reformas que se introdujeron durante su debate parlamentario, adecua los criterios para la investigación y el juzgamiento de los delitos a los fijados por la Constitución nacional y el derecho internacional en materia de derechos humanos.

El anuncio

En un mensaje grabado en su despacho en la Casa Rosada, la noche de 21 de octubre, la Presidenta anunció por cadena nacional que enviaría al Congreso el proyecto de reforma del Código Procesal Penal. “Es para asegurar una administración de Justicia que contemple la reparación a las víctimas”, dijo la Presidenta y describió la propuesta como un instrumento para alcanzar un procedimiento ágil, rápido y moderno”.

“Estamos respondiendo a una demanda de 205 jueces y camaristas” y “a la realidad que nos impone un código (procesal) lento, gravoso, con el que la sociedad siente que no tutela sobre sus intereses”, afirmó la mandataria.

Hacía referencia a la carta que más de 200 magistrados firmaron en agosto de 2012 y presentaron en la comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados. “No podemos dar respuesta a los nuevos conflictos con una herramienta arcaica”, reclamaban entonces.

El texto del proyecto

Tras el anuncio presidencial, Infojus Noticias relevó los principales puntos del proyecto. El principal: el pasaje **de un sistema inquisitivo a uno acusatorio, lo que supone readecuar los roles de jueces y fiscales. Antes el juez investigaba y decidía. En el nuevo CPP el fiscal investiga y acusa, el defensor defiende y el juez es un tercero imparcial, ajeno a esa investigación  y el conflicto entre las partes, que decide.

Debate y aportes en el Senado

Durante seis jornadas de debate, más de 35 expertos y operadores judiciales repasaron las características del proyecto e hicieron una serie de aportes y consideraciones sobre los alcances de la reforma. “Se trata de escuchar la tragedia y a los seres humanos -a las víctimas y a los acusados- cara a cara, y no papeles y fojas”, dijo la  presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Claudia Mizawak, en uno de esos encuentros. Describió así uno de los principales puntos de la reforma:el avance a un sistema donde prime la oralidad, desde el inicio de la investigación hasta la ejecución de la sentencia.

Los expositores en general señalaron sus reservas sobre el artículo que preveía la posibilidad de expulsar del territorio nacional a personas extranjeras en caso de ser sorprendidas cometiendo un delito, siempre que la pena prevista fuera menor a tres años. Y el que establecía la “conmoción social” como factor para disponer una prisión preventiva, porque podría dar lugar a  “interpretaciones arbitrarias”.

Los cambios en el Senado

Después de seis jornadas de debate, en las que más de 35 expertos y operadores judiciales presentaron sus ideas, se aprobó en el plenario de comisiones Justicia y Asuntos Penales y Presupuesto y Hacienda del Senado el proyecto para la reforma del Código Procesal Penal. 

Las claves de los cambios

“Los cambios al texto del Código Procesal Penal aportaron precisión”, dijo a Infojus Noticias el entonces subsecretario de Política Criminal, Juan Martín Mena. Se refirió a los cambios incorporados en el dictamen para la reforma del Código Procesal Penal que se aprobó en el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y Presupuesto y Hacienda de la Cámara Alta.

“Los grandes temas que generaron debate fueron modificados”, dijo el senador Miguel Pichetto, al promediar la discusión para la firma del dictamen. Se introdujeron modificaciones al artículo sobre la expulsión de extranjeros, se eliminó la conmoción social como causal para la prisión preventiva y otros de “fondo, de forma y de técnica legislativa”, explicaron asesores de la comisión.

El proyecto quedó así en condiciones de ser tratado y aprobado en la Cámara Alta.  

Votación en el Senado

La votación llegó al final de un debate de más de cinco horas. Con más de 40 modificaciones el Senado aprobó el textopara el nuevo Código Procesal Penal con 39 votos a favor, 24 en contra y ninguna abstención.

El debate no fue acalorado ni tuvo el brillo de otras sesiones pero dejó varias instantáneas: la legisladora porteña por el PRO, Gabriela Michetti, quien leyó línea por línea un discurso escrito del que no se apartó ni una coma, violentando, en los hechos, la tradición y el reglamento del Parlamento. Y varios legisladores con críticas coincidentes sobre aspectos del texto que se habían modificado, a las que el senador Aníbal Fernández se refirió como “chatos”, “sin fundamento” y “sin vocación política”.

En la Cámara baja

El pueblo argentino debe saber que hay un nuevo paradigma de justicia. Antes, había pocos jueces que la manejaban como si fuera una corporación. Ahora, con el sistema acusatorio, hay una verdadera democratización. Hay una nueva justicia para los ciudadanos”, dijo a  Infojus Noticias , la diputada por el Frente para la Victoria, Juliana Di Tulliola madrugada del 5 de diciembre cuando el proyecto se convirtió definitivamente en ley.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo de 130 votos que fueron aportados por el Frente para la Victoria, Nuevo Encuentro, y el Frente Cívico de Santiago, en tanto que la oposición se aglutinó detrás del rechazo y reunió 99 votos.

¿Qué cambia con el nuevo Código Procesal Penal?

Entre los puntos destacados de la reforma, serán los fiscales quienes lleven adelante la investigación en reemplazo de los jueces. Además, todo el proceso judicial será oral, las causas no podrán durar más de tres años. El proyecto establece sanciones si los jueces demoran los casos –por ejemplo, someterse a un jury de enjuiciamiento-, aunque las causas “no prescriben”.

Hay otros aspectos fundamentales: las víctimas -aunque no sean querellantes- serán protegidas, intervendrán en el proceso y pueden si el fiscal desiste en la investigación pueden por su cuenta pedir medidas para la construcción de prueba. Y contarán con asistencia psíquica, física y social durante el proceso.

El nuevo texto fija que está prohibido alojar a personas privadas de libertad en lugares no habilitados, o que no cumplan “mínimas condiciones de salubridad”. Y sobre esto hace responsable a quienes dispongan las medidas de detención, las “autoricen, apliquen o consientan”.

En la nueva redacción, quedó establecido que se procurará “la especialización de la investigación y persecución penal mediante fiscalías temáticas”. Y que, a diferencia del articulado original, que facultaba a la Procuración y a la Defensoría General de la Nación disponer la distribución de las causas, ahora su asignación se realizará mediante un “sorteo que garantice la distribución equitativa”. Lee el texto completo acá.

De cara a la implementación

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó el nuevo Código Procesal Penal de la Nación, con un decreto publicado en el Boletín Oficial el 10 de diciembre. La norma que lleva la firma de la primera mandataria; del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.

Acorde a lo fijado por el Congreso, el nuevo Código Procesal Penal crea además, en el ámbito del Congreso Nacional, una comisión bicameral ad hoc que deberá trabajar en la redacción de las normas necesarias para la reorganización del Ministerio Público Fiscal y de la judicatura, necesaria para la gestión y aplicación de la reforma.

Muestras de adhesión

Una coalición de media docena de ONGs definió como un “gran paso” la reforma del Código Procesal Penal.  “Salda una deuda histórica de la justicia federal al reemplazar el sistema inquisitivo imperante en la actualidad por el que exige la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, sostuvieron las organizaciones en un documento que lleva la firma de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, Observatorio de la Justicia Argentina, Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Asociación de Pensamiento Penal y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip).


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