Infojus: Argumentan el pedido de indagatoria a directivos de Clarín y La Nación

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Argumentan el pedido de indagatoria a directivos de Clarín y La Nación

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-06-23 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2015-12-28 20:36

La querella expondrá hoy sus argumentos ante la Cámara Federal, luego de que el fiscal Leonel Gómez Barbella, pidió la indagatoria a Ernestina Herrera de Noble, Héctor Magnetto y Bartolomé Luis Mitre, en la causa que investiga la compra extorsiva de la empresa Papel Prensa durante la dictadura.

La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones porteña tratará este mediodía el pedido de indagatoria a Héctor Magnetto, Ernestina Herrera de Noble y Bartolomé Mitre, directivos del Grupo Clarín y La Nación, involucrados en la causa por la apropiación ilegal de Papel Prensa, durante la última dictadura cívico-militar. El pedido de indagatoria a los empresarios y otras dos personas, fue realizado en marzo pasado por el entonces fiscal de la causa, Leonel Gómez Barbella, al juez Julián Ercolini que lo rechazó por considerar que todavía debían esperarse los resultados de medidas de pruebas. Ante esa decisión, Gómez Barbella apeló la medida y ante un nuevo rechazo de Ercolini, presentó el recurso de queja que fue habilitado por la Cámara.

Los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler también tratarán las citaciones a los imputados Raymundo Juan Pío Podestá, ex secretario de Desarrollo Industrial de la dictadura, y Guillermo Juan Gainza Paz, acusado de ser el intermediario para el desapoderamiento compulsivo de la familia Graiver, principal accionista de la papelera. En la causa también estaban acusados Jorge Rafael Videla, José Martínez de Hoz, Emilio Massera y los hermanos Patricio y Hugo Peralta Ramos, de La Razón, pero todos ellos murieron antes de someterse a la Justicia.

La fecha original de la audiencia estaba prevista para el 21 de mayo, pero fue postergada para hoy luego de que los mismos camaristas rechazaran la recusación del fiscal de cámara Germán Moldes, pedida por la Secretaría de Derechos Humanos, que es parte querellante en esta causa.

Durante la audiencia, los camaristas escucharán los distintos argumentos de las querellas, entre las que además de la secretaría de DD.HH están las de Lidia Papaleo y Rafael Ianover, damnificados en la causa, para que Herrera de Noble, Magnetto, Mitre, Gainza Paz, y Podestá sean indagados. También se escucharán los puntos de vista de los defensores y de Moldes, quien deberá definir si avala o no la apelación presentada por su par de la instancia inferior. Desde fines de mayo Gómez Barbella dejó de subrogar la fiscalía federal Nº 5 y en su lugar asumió Franco Picardi.

Tras escuchar todas las posiciones, los camaristas estarán en condiciones de decidir si convalidan la posición de Ercolini o hacen lugar a la apelación presentada por Gómez Barbella.

En el recurso de queja presentado por Gómez Barbella, con el que se insistía en la necesidad de las indagatorias, el entonces titular de la fiscalía 5 advirtió que ante las sucesivas negativas de llamar a indagatoria a los involucrados, se “impide de hecho perseguir y juzgar posibles crímenes contra la humanidad”. También señaló  que en la causa “se encuentra comprometida la responsabilidad del Estado por un posible incumplimiento de sus obligaciones internacionales en la materia”.

¿Por qué el fiscal insistió en pedir las indagatorias? Porque entendió que está comprobado el desapoderamiento de los bienes del fallecido banquero David Graiver “bajo amenazas e intimidación” a sus herederos y socios en Papel Prensa. Y que los imputados “participaron de la transferencia extorsiva y usufructuaron la información de que las víctimas eran objeto de persecución política”.

Fundamentos: promover la actuación de la Justicia

El escrito presentado hizo referencia al artículo 120 de la Carta Magna y a los artículos 125 inciso “a”  y 33 de la ley 24.946, que establece entre “las funciones asignadas a la Procuración General de la Nación, la de “diseñar la política criminal y de persecución penal del Ministerio Público Fiscal” y “promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”. 

Para el fiscal, la decisión de no hacer lugar, primero a los llamados a indagatoria  y luego al rechazo a esa decisión que se presentó a posteriori,  “ocasionan a este Ministerio Público Fiscal un gravamen actual y de imposible reparación ulterior, en tanto impide ejercer su mandato constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad de conformidad con lo establecido por el artículo 120 de la Constitución Nacional”.

El recurso de queja presentado citó los compromisos internacionales a los que Argentina suscribió, ratificando diversos instrumentos internacionales de derechos humanos. Y resalta que este caso tiene un “interés institucional suficiente que justifica la intervención de esa Cámara”.

También señala que si bien, como regla, “el recurso de queja no procedería contra decisiones de los tribunales de la causa en materia de decisión de convocar o no a indagatoria al imputado, en casos como éste  debe admitirse porque la resolución impugnada resulta equiparable a una sentencia definitiva por sus efectos y el gravamen que ocasiona”.

El escrito dice que en reiteradas ocasiones “la Corte Suprema reconoció que nuestro país debe ‘investigar, perseguir y sancionar adecuadamente a los responsables de violaciones a los derechos humanos y que es de suma gravedad institucional la eventual responsabilidad internacional que podría derivarse de su incumplimiento”. También se suman las referencias a las recomendaciones hechas por el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el sustento legal que la queja también encuentra en el Código Procesal Penal.

Ercolini rechazó el llamado a indagatorias pedido por Gómez Barbella porque consideró que en la causa hay medidas probatorias que todavía no concluyeron. Entre ellas, un peritaje contable para establecer si las acciones de Papel Prensa se traspasaron aun “precio vil” por parte de la familia Graiver a las empresas de los imputados.

Para la fiscalía “el estudio contable, dispuesto por el magistrado sin haber sido pedido por alguna de las partes, no es en absoluto dirimente para dar por configurada o no la hipótesis delictiva”. En los pasillos de tribunales son muchos los que insisten en que la carga probatoria contra las personas involucradas es “abrumadora”.

CD/RA


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