Infojus: La Cámara Federal rechazó reponer al juez Cabral en Casación Penal

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La Cámara Federal rechazó reponer al juez Cabral en Casación Penal

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-08-11 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-09 04:40

El magistrado había realizado la presentación judicial para ser devuelto al cargo que ocupaba en la sala I de la Cámara de Casación Penal. Pero la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió hoy rechazar el pedido. Además, suspendieron la designación del juez subrogante Claudio Marcelo Vázquez.

La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió hoy, como medida cautelar, rechazar la reposición en su subrogancia al juez Luis María Cabral, que había realizado la presentación judicial para ser devuelto al cargo que ocupaba en la sala I de la Cámara de Casación Penal. Por otro lado, suspendieron la designación del juez subrogante Claudio Marcelo Vázquez dispuesta por el Consejo de la Magistratura.

“La Sala I de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió como medida cautelar la vigencia, en el caso, de los artículos 1º y 2º de la ley 27.145 y la designación del juez subrogante Claudio Marcelo Vázquez dispuesta en el artículo 1º de la resolución Nº 180/2015 del Consejo de la Magistratura”, publicó el Centro de Información Judicial (CIJ) que depende de la Corte Suprema de Justicia.

“La Cámara rechazó la pretensión del juez Luis María Cabral de ser reintegrado cautelarmente en la subrogancia que desempeñaba en la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal”, publicó el CIJ.

En la misma publicación se indicó que “el tribunal –integrado por los jueces Clara María do Pico y Rodolfo Facio- dispuso que durante la vigencia de la medida cautelar se mantendrá el sistema de cobertura de vacantes previsto en el artículo 31 del decreto-ley 1285/1958, texto según la ley 26.371, al que remitía el artículo 2º de la ley 26.376”. El fallo no lo firmó Carlos Grecco, el otro integrante de la sala.

Previo a la feria judicial, el juez de primera instancia Esteban Furnari había rechazado la medida cautelar que Cabral pidió en el amparo porque la resolución del Consejo “encontraría razonable sustento fáctico y normativo”. Cabral, juez e integrante del Consejo de la Magistratura en representación de los magistrados, apeló ese rechazo y eso fue lo que resolvió hoy la Cámara.

En el amparo, Cabral había pedido también ser reincorporado a la subrogancia como medida cautelar, pero esto fue rechazado por la Cámara porque “la restitución del doctor Cabral a la subrogancia tendría efectos irreversibles al tiempo de dictarse la sentencia definitiva”.

Los camaristas, más allá de destacar en varios momento de la sentencia que no se trata del fondo de la cuestión sino de la medida cautelar, esbozaron una especie de anticipo de decisión sobre el fondo al considerar que “no parece compatible con los principios constitucionales de imparcialidad, de independencia judicial y de seguridad jurídica, que hacen, inequívocamente a la forma republicana de gobierno (artículo 1º de la Ley Fundamental), la circunstancia de que una mayoría simple sea suficiente para ejercer la delicada función de designar a quienes desempeñarán la magistratura”

Aunque estos “lo hagan como subrogantes, sobre todo si se tiene en cuenta que, como es de conocimiento público, las subrogancias se prolongan en el tiempo por muy largos períodos, tal como ha ocurrido en el caso del propio demandante”, explicaron los camaristas.

“La implementación de un régimen de subrogaciones para asegurar una correcta administración de justicia […] debe instrumentarse de manera tal que resguarde los principios y garantías propias de la misión de juzgar […] sin menoscabo de la indispensable celeridad que debe presidir su ejecución pues su objetivo es, precisamente, dar una respuesta inmediata a una situación crítica”, consignaron los jueces en la sentencia recordando un fallo de la Corte Suprema.

Con ese mismo fallo de la Corte, los jueces explicaron que la suspensión “no implica en modo alguno cuestionar el funcionamiento y eficacia de las actuaciones que se hayan iniciado o se hallen aún en trámite bajo el sistema de subrogaciones”, es decir, avalando el trabajo realizado hasta el momento por Vázquez.

GA/Télam/RA


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