Infojus: El Gobierno nacional oficializó la emisión del Bonar 2020

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El Gobierno nacional oficializó la emisión del Bonar 2020

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-10-06 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-23 10:17

Con la publicación de la resolución conjunta 258/2015 y 65 2015 de las Secretarías de Hacienda y de Finanzas se emitió esta nueva herramienta financiera por un monto de hasta 1.500 millones de dólares, a cinco años de plazo y con un interés del 8% anual.

El Gobierno nacional oficializó el lanzamiento del Bonar 2020 por un monto de hasta 1.500 millones de dólares, a cinco años de plazo y con un interés del 8% anual. La nueva herramienta financiera fue adelantada ayer por el ministro de Economía, Axel Kicillof, tras la cancelación del Boden 2015. La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante la resolución conjunta 258/2015 y 65/2015 de las Secretarías de Hacienda y de Finanzas.

“Dispónese la emisión de los ‘Bonos de la Nación Argentina en dólares estadounidenses 8% 2020” (BONAR 2020 USD)’, cuya ley aplicable es la de la República Argentina, por un monto de hasta valor nominal original dólares estadounidenses mil quinientos millones”, ordena el artículo 1°.

En la resolución se fija que la fecha de emisión del nuevo bono será el próximo jueves y su vencimiento, el 8 de octubre de 2020. En las condiciones financieras se establece que la moneda de denominación, suscripción y pago será el dólar estadounidense y la amortización será íntegra al vencimiento. Por otra parte, se señala que los intereses serán pagaderos semestralmente los días 8 de abril y 8 de octubre de cada año hasta el vencimiento.

En cuanto a la colocación, se explica que se llevará a cabo en uno o varios tramos. Asimismo, se indica que estos bonos serán negociables y se solicitará su cotización en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país. Los pagos se cursarán a través del Banco Central de la República Argentina (Bcra) mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en dicha Institución, precisa finalmente la resolución.

TELAM/JC


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