Infojus: Código Procesal Penal: "Una Justicia donde las personas se ven la cara"

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Código Procesal Penal: "Una Justicia donde las personas se ven la cara"

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2014-11-05 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-01-21 06:47

“Poner manos al sistema procesal es un hecho histórico”, destacó Pérez Galimberti en el debate que se desarrolló en el Senado. Alberto Beraldi, Juan Carlos Gemingnani fueron algunos de los especialistas que expresaron su opinión.

En el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, y de Presupuesto y Hacienda del Senado, el debate sobre el proyecto de Código Procesal Penal (CPP) enviado por el Poder Ejecutivo al parlamento, convocó a los expertos en el Salón Azul. Fue la cuarta jornada de debate público. Especialistas y agentes judiciales repasaron las principales características del proyecto e hicieron una serie de aportes y consideraciones sobre los alcances de la reforma. “Debemos tener el mejor Código, que tanto necesitamos”, dijo el defensor oficial y especialista en sistemas procesales penales comparados, Ignacio Tedesco. Después, recordó a los legisladores que esta reforma viene a cumplir con un mandato constitucional, tras hacer una serie de consideraciones sobre aspectos que consideró necesario ajustar.

El gran salto: hacia un código adversarial

“El proceso abreviado solo debería aplicarse a una persona privada de su libertad”, dijo Tedesco y se expresó a favor de que esto se incluya taxativamente en el texto. Punto que luego discutió el fiscal adjunto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Luis Cevasco. Al finalizar su exposición, y tras referirse a la necesidad de capacitar a los operadores judiciales y de acotar el alcance del CPP al ámbito de la Justicia Federal, Cevasco “celebró” que “más allá de los errores (corregibles), se avance hacia un Código adversarial”. 

Antes también habían expresado sus puntos de vista el defensor general adjunto de Chubut, Alfredo Pérez Galimberti, responsable de la redacción del anteproyecto de CPP -actualmente rige en su provincia-, y el profesor de Derecho penal y procesal penal en la UBA, Alberto Beraldi.

Las agencias judiciales, grandes empresas de servicios públicos”

“Poner manos al sistema procesal es un hecho histórico, llevar del proceso inquisitivo actual a una Justicia donde las personas se ven la cara y se hablan”, destacó Pérez Galimberti. Recordó que esto apunta a desarmar la imagen de que el juez investiga, para encarar un modelo donde el juez es quien toma la decisiones, no ya sus secretarios o asistentes. “El juez tiene que saber que nadie le va a decir lo que tiene que decidir, pero sí se va a ejercer un control sobre los tiempos del proceso”. Galimberti destacó: “Tenemos que entender que las agencias judiciales son grandes empresas de servicios públicos, que deben mostrar un alto grado de eficacia”, y estimó que la oralidad lo favorece.

En términos generales, los expositores se pronunciaron a favor de las medidas alternativas a la prisión preventiva. Y coincidieron en las ventajas de abandonar el sistema inquisitivo. También ponderaron “la fijación de plazos” para los procesos penales.

En cuestión de propuestas, Carlos Alberto Beraldi, profesor de derecho penal y procesal penal de la UBA y uno de los expertos que trabajó en los antecedentes tomados en cuenta para la redacción del anteproyecto llamó la atención sobre la superposición del instituto de la probation o suspensión del juicio a prueba, incluidos en el proyecto y también en el Código Penal (CP) vigente. “El Congreso de la Nación debe decidir si ese régimen está en el CPP o en el CP”, dijo Beraldi. En similares términos se expresaron el defensor público Ignacio Tedesco, y los otros especialistas convocados.

Juan Carlos Gemignani, integrante de la sala de la Cámara Federal de Casación Penal (hizo lugar al hábeas corpus presentado por la madre y la hermana de Luciano Arruga, fundamental para encontrar el cuerpo del joven desaparecido desde 2009), también se manifestó sobre la necesariedad de la reforma. Como, en otras oportunidades las señales de alerta apuntaron a los factores que se toman en cuenta para definir la prisión preventiva y la posibilidad de expulsar extranjeros.

A su turno, el senador provincial en Santa Fe Lisandro Enrico, habló sobre la reciente reforma del Código Procesal Penal en su provincia, en vigencia desde febrero. Y destacó que la presidenta de la Nación, al anunciar el proyecto, haya puesto en la discusión pública “en términos muy sencillos un tema muy complejo”. Sobre la prisión preventiva, ponderó que en el proyecto se introduzcan  “nuevos criterios, que no son solament.e el peligro procesal”. Citó como ejemplo a Francia, donde la preventiva se puede asociar a “poner fin a la infracción o prevenirla”. Y también el caso de Uruguay que señala como motivo de ella la “seguridad pública” (término que fue cuestionado por otros expositores, por el grado de arbitrariedad que puede implicar su interpretación). “En definitiva la fijación de una política criminal, es una decisión política”, concluyó.

El promediar el cierre del encuentro, el juez de Cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 de Capital Federal, Julio Báez dijo que ese proyecto tiene “luces y sombras”. Y destacó entre las luces el “avance hacia un sistema acusatorio” y la posibilidad de las víctimas de actuar como parte y ser motores de la acusación. Entre las sombras, cuestionó el uso de la figura de “conmoción social” para disponer la prisión preventiva de una persona, porque puede generar “interpretaciones arbitrarias”. El último en hablar fue el juez Hugo Gurruchaga, que pidió más prerrogativas para los jueces a la hora de disponer las prisiones preventivas. 

El código actual, en el que rige un modelo mixto, acumula críticas desde hace años, al tratarse de un proceso lento y donde los jueces cumplen la doble función de investigar y resolver. El proyecto del nuevo Código Procesal Penal apunta a lograr procesos penales más veloces, justos y transparentes. Prevé que las investigaciones y los juicios sean orales, ágiles e inmediatos, y adopta un modelo de justicia adversarial o acusatorio: el fiscal investiga, el defensor defiende y el juez resuelve.


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