Infojus: Un paso más hacia la sanción de la ley de Centros Culturales porteños

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Un paso más hacia la sanción de la ley de Centros Culturales porteños

| Fuente: Infojus Noticias | Fecha de publicación: 2015-04-22 | Por: Infojus Noticias | Fecha de captura:: 2016-02-03 00:48

La norma, que tiene media sanción desde diciembre, fue avalada en una audiencia pública en la Legislatura. Falta un último paso que es la sanción definitiva en el plenario. La intención es regular los espacios culturales que la vieja ley no contempla.

Las constantes clausuras a centros culturales durante 2014 por parte del gobierno de la Ciudad terminaron con la media sanción, en diciembre pasado, de la ley que regula a estos espacios. Ayer, se avanzó un paso más hacia la sanción definitiva. En una audiencia pública en la Legislatura porteña, más de veinte oradores avalaron la norma que brindará el marco legal a la habilitación de centenares de espacios culturales que funcionan en la ciudad de Buenos Aires.

Hasta el 18 de diciembre de 2014 la legislación que regula las habilitaciones de espacios culturales estaba dividida en teatros, clubes de música, peñas y milongas. Los multiespacios no entraban. Una vez aprobado por unanimidad en la Legislatura porteña la ley de Centros Culturales se incluyó esa figura dentro del Código de Habilitación y se modificó el Régimen de Planeamiento Urbano. Esta reforma requiere una segunda sanción en el recinto, pero antes era necesario realizar la audiencia pública que ayer dio el espaldarazo necesario a la norma para que llegue al plenario.

La ley se construyó en base a un texto de consenso de todos los bloques y define como centro cultural al “espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipo, que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes”.

Además, se clasificarán a los espacios en diferentes categorías según su capacidad:

-“Centro Cultural” al establecimiento cuya capacidad máxima sea de 150 personas, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a los 500m2.

-“Club de Cultura” al establecimiento con capacidad máxima para 500 personas, con una superficie de máximo 1000m2.

-“Casa de Artistas” al domicilio particular que no superen la cantidad de 50 espectadores.

-“Centro Barrial, Social y Cultural” los establecimientos orientados principalmente a talleres y trabajos comunitarios que no superen la cantidad de 50 espectadores.

-“Centros Culturales” y “Clubes de Cultura no comerciales” aquellos establecimientos cuyos titulares sean personas jurídicas sin fines de lucro o de carácter cooperativo.

En la audiencia abierta estuvieron los legisladores Gabriela Alegre y Lorena Pokoik (FpV), Pablo Ferreyra (Seamos Libres) y Gabriela Seijo, Daniel Presti y Lía Rueda, del PRO. “Tenemos que tomarla como una ley ejemplar producto de un proceso participativo con el protagonismo de diferentes actores sociales y culturales”, manifestó Pokoik.

Federico Putaro, en representación de La Mutual Homero Manzi del barrio de Boedo, sostuvo que “esta instancia de la audiencia no es sólo un mero formalismo planteado por la Constitución, sino un ámbito donde enriquecer la discusión y poder darle mayor fuerza a esta iniciativa que complementa definitivamente la norma que habilita al sector”.

Por el centro cultural El Sueñero –uno de los que fue clausurado en 2014 por el Ejecutivo ante la falta de normativa-, el comunero Maximiliano Nenna manifestó que “es importante que salga la ley este año, tiene que ser inevitable para que todos los espacios de la ciudad, dejen de ser perseguidos. Seguiremos empujando para que todos estos espacios barriales sigan existiendo”, afirmó.
 


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